Lorenza Sigala / MO
La Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) está por debajo de los derechos universales como lo es la presunción de inocencia de cualquier persona señalada por un delito aún cuando se le esté ligando a un proceso, señaló el abogado penalista Héctor Contreras Pérez.
El también ex presidente de la Barra Sonorense de Abogados (BSA) señaló que los menores que hubiesen sido víctimas, victimarios o testigos en algún hecho tienen una protección insuperable que se prevé en la ley general de protección a niñas, niños y adolescentes; Ley de transparencia y acceso a la información pública; Ley integral de justicia para adolescentes; Comisión Americana de Derechos Humanos; la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la convención de los derechos del niño y los tratados internacionales que ha celebrado México.
Todos los anteriores, dijo, tienen totalmente vedado que se proporcione: identidad, información, fotografías, nombre o cualquier dato que permita conocer la identidad de los menores. En ese sentido el artículo 36 de la ley nacional de justicia penal para adolescentes, señala expresamente que en todas las etapas del proceso y de las medidas, las autoridades garantizaran la confidencialidad de los adolescentes, de lo contrario se aplicarán las sanciones correspondientes a quien corresponda, sean medios de comunicación o funcionarios públicos.
“Debo decirte que los menores gozan también de la presunción de inocencia, entonces la Corte establecido en jurisprudencia que cuando exista un enfrentamiento o colisión de derechos fundamentales, como es el derecho a la información y se contraponga con el derecho a la presunción de inocencia, deberá prevalecer la presunción de inocencia, de tal manera, que hay una vela para los medios de comunicación y para las autoridades para no revelar la identidad de las personas que están siendo investigadas, ni tampoco del menor que fue víctima de un hecho que la ley señala como delito”, indicó.
Contreras Pérez mencionó que en el caso de los medios de comunicación deberán informar de los hechos sin utilizar información que obre en una carpeta de investigación, omitir la publicación de fotos o videos aunque fuesen editadas o con censura total o parcial, así como nombres aunque se les agregue una letra “N” al final, ya que esto viola la presunción de inocencia y viola el debido proceso.