José Luis Pablos Montes

Fundación de Ciudad Obregón

Siempre que encuentro información que considero importante para la comunidad donde nací, vivo y, donde muy probablemente moriré, me siento con la obligación de compartirla con la ciudadanía y, es el caso que motivó la elaboración de esta columna.

Debo empezar diciendo que todo esto se inició a partir de una petición que me hizo el ingeniero Salvador Martínez Villardaga, actual presidente del Patronato de Bomberos de Ciudad Obregón, en la cual me solicitaba escrituras, traslados de dominio o cualquier documento que tuviéramos en la Dirección de Catastro sobre los terrenos en que actualmente se encuentran ubicadas las instalaciones del heroico cuerpo de bomberos de nuestra ciudad…. Después de una búsqueda intensiva en todos los archivos disponibles, no encontramos nada; pero sin rendirnos, buscamos información en el Registro Público de la Propiedad, en Sindicatura y en el ICRESON y, la búsqueda rindió frutos encontrando un documento que me resultó sumamente importante y, a mi parecer, hasta histórico, por tal razón, creo que es importante compartirlo con mi comunidad.

La historia de Ciudad Obregón comienza así: La ‘Compañía Agrícola Náinari, Limitada Civil’ en su carácter de propietaria de los terrenos que se anexaron en plano adjunto, con fecha de 14 de junio de 1925 celebró contrato con el Ayuntamiento de Cócorit, para la fundación del pueblo de Cajeme (hoy Ciudad Obregón)… En dicho contrato se autorizaron zonas urbanizables contiguas al fundo legal de la expresada población…. Respecto a esas zonas urbanizables, la Compañía quedó autorizada para proceder al fraccionamiento y venta de lotes, en los términos de la cláusula sexta del mismo contrato, que dice: La compañía ira urbanizando, según plano anexo, a medida que lo vaya considerando conveniente. Dichos terrenos urbanizables quedarán sujetos a los siguientes ordenamientos… La compañía podrá enajenar libremente los terrenos, los cuales deberán contar con los servicios municipales de la misma forma que los del fundo legal quedando sujetos igualmente a los reglamentos municipales.

El día 5 de octubre de 1929 la ‘Compañía Agrícola Náinari, Limitada Civil’, representada por su gerente el señor John G. George, otorgó en la ciudad de Nogales, ante el señor Guillermo Ramírez Wiella, Notario Público número dos, la escritura pública número 72, mediante la cual, por concepto de pago de haber social, traspasó a la ‘Compañía Fraccionadora, Civil-Limitada’, representada por su gerente el señor Herbert A. Sibbet, en la proporción de una tercera parte, lotes del fraccionamiento de las zonas urbanizables (1) uno, (2) dos, (3) tres, (4) cuatro (5) cinco y (6) seis….. Las dos partes declaran que han convenido en que continúe el fraccionamiento de las zonas urbanizables 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de conformidad con las estipulaciones del propio contrato.

Para efecto de entender de manera más precisa, explicaremos los linderos de cada uno de los urbanizables y, cabe aclarar, que dichos urbanizables permanecen actualmente de la misma manera en que fueron definidos en ese contrato de 1929…. Lo anterior es un ejemplo claro del perfecto trazo original de Ciudad Obregón, trazo que se fue replicando con la llegada de posteriores colonias.

Fundo Legal. – De la calle Zaragoza a la Allende y de la Sufragio Efectivo a la Zacatecas.

Urbanizable 1.- De la calle 200 a la Zaragoza y de la Sufragio Efectivo a la Zacatecas.

Urbanizable 2.- De la calle 200 a la No Reelección y de la Zacatecas a Colima.

Urbanizable 3.- De la calle No Reelección a la Allende y de la Zacatecas a la Colima.

Urbanizable 4.- De la calle Allende a la Cajeme y de la Sufragio Efectivo a la Colima.

Urbanizable 5.- De la calle Zaragoza a la Allende y de la Colima a la California.

Urbanizable 6.- De la calle Allende a la Morelos y de la California a la Sahuaripa.

En julio de 1939, ganó la elección para alcalde el señor Faustino Félix Gastélum, pero las protestas de los partidos opositores no le permitieron asumir el cargo el día 16 de septiembre de ese referido año. Faustino entabló una demanda ante la Suprema Corte y, después de meses de litigio obtuvo un resultado a su favor siendo reinstalado como alcalde el día 8 de noviembre de 1940, terminando su período el 16 de septiembre de 1941.

En julio de 1941 se realizaron elecciones para elegir al nuevo alcalde y al respectivo cabildo, pero ante los disturbios ocurridos, las elecciones fueron anuladas y se nombró un alcalde por decreto…El nuevo alcalde de Cajeme ‘Abelardo B. Sobarzo’, apoyado por el gobernador del estado el general Anselmo Macías Valenzuela, se presentó a tomar protesta el 16 de septiembre de 1941, hecho que marcó una anécdota que difícilmente volverá a repetirse….El hecho curioso es que Don Abelardo, terminó su periodo como Presidente Municipal de Hermosillo (1939-1941) y, el 15 de septiembre presentó su último informe entregando la estafeta al señor Severiano Talamante. Al otro día, el 16 de septiembre hace su arribo en tren a Ciudad Obregón para tomar protesta como presidente interino de Cajeme, sumando así dos periodos consecutivos como alcalde, pero de diferentes municipios…. Junto a Don Abelardo tomaron protesta los siguientes regidores o concejales: 1er regidor.- Dr. Ángel Rivera Soto; 2do regidor.- Guillermo Vélez; 3er regidor.- José Escobar; 4to regidor.- Arnulfo Valenzuela; 5to regidor.- Leandro Luzanilla y 6to regidor.- Julio César Arvizu.

Es así que este nuevo cabildo, antes de cumplir un año en funciones firma un nuevo contrato con la ‘Compañía Agrícola Náinari, Limitada Civil’ y con la ‘Compañía Fraccionadora, Civil Limitada’ El 15 de junio de 1942 ante el Licenciado Guillermo Acedo Romero, Notario Público número cuatro, comparecieron de una parte, los señores Abelardo B. Sobarzo y Guillermo C. Vélez, en sus calidades de Presidente Municipal el primero y Síndico Procurador el segundo del Concejo del Municipio de Cajeme y, los representantes legales de las referidas compañías….En este nuevo contrato acuerdan que se continúe el fraccionamiento de las zonas urbanizables 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de acuerdo con las siguientes bases, aprobadas por el Congreso del Estado por medio de la Ley número cincuenta y seis (56), de fecha 13 de mayo de este mismo año 1942; así mismo, se añade el urbanizable número 7 ubicado de la calle 200 a la Guerrero y de la calle Colima a la California.

Se establece también que ‘Las Compañías Fraccionadoras’ concederán al Municipio una participación del (25%) veinticinco por ciento sobre el producto de las ventas de los solares comprendidos dentro de todos los urbanizables.

De la misma forma ‘Las Compañías Fraccionadoras’ cederán al Municipio las áreas requeridas para que una ciudad pueda operar de manera sustentable…. A este respecto, en la próxima colaboración veremos cómo fue posible la construcción del Palacio Municipal, la Plaza Álvaro Obregón, La Plaza Lázaro Cárdenas, El hospital Municipal, El Centro Escolar Cajeme, La Escuela Calleja, Catedral, La Concha Acústica, Bomberos, la Escuela Dworak etc.

Ing. José Luis Pablos Montes jolupa5@gmail.com

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