Deniss Cabrera
El pago de aguinaldos deberá quedar cubierto por las empresas para antes del 20 de diciembre y en caso de no ser así, el trabajador puede interponer una queja, indicó Francisco Vázquez Valencia.
El secretario del Trabajo en Sonora, informó que en caso de no recibir está prestación el empleado puede acudir al Centro de Conciliación y Arbitraje, para ser atendidos por un inspector quien determine el incumplimiento y la sanción.
“Por medio de la Dirección del Trabajo se acude al centro laboral, se hace una inspección de la información y se corrobora con el SAT y se procede en consecuencia, que es lo ocurre aquí, se hacen recomendaciones y si se hace caso omiso se aplica una sanción” dijo.
Explicó que como mínimo se debe entregar lo equivalente a 15 días de salario para quienes tengan más de un año de antigüedad, mientras que las personas con un tiempo menor deberán recibir un equivalente.
Agregó que esto se encuentra estipulado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que el incumplimiento de estos derechos implica sanción para las empresas.