Un Tribunal Colegiado concedió el cambio de medida cautelar a Jesús Murillo Karam para que “continúe en prisión preventiva, pero en su domicilio”.

El Poder Judicial resolvió que el juez de control que lleva el caso tiene que fijar las medidas de control en una audiencia judicial que debe realizarse en las siguientes horas.

El Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que la ley permite este cambio cuando el imputado sea mayor de 70 años o que padezca una enfermedad grave.

“El quejoso padece una enfermedad grave y tiene más de setenta y cinco años, lo que el propio fiscal que lo acusa ni cuestiona”, dice un comunicado del Poder Judicial.

Con ese argumento, el Tribunal concedió el cambio de medida cautelar para que el ex procurador general de la República siga bajo proceso penal, pero en su domicilio.

El Tribunal concluyó que Murillo Karam debió haber recibido este beneficio desde que solicitó un amparo.

El comunicado argumenta que Murillo Karam se entregó a la fiscalía, por lo que se debe valorar que no intentó darse a la fuga.

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