Un hombre identificado como Julio César “N” fue sentenciado a 96 años y cinco meses de prisión por el feminicidio de dos mujeres trans, cuyos asesinatos ocurrieron en julio de 2024 en los municipios de Guadalupe y Monterrey, Nuevo León.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León (FGJNL) informó que esta es la primera sentencia condenatoria registrada en la entidad por la muerte violenta de dos mujeres trans bajo la figura jurídica de feminicidio.

El primer crimen ocurrió el 24 de julio de 2024, en un motel de la colonia Crispin Treviño, en Guadalupe. Según las investigaciones, Julio César “N” atacó a la víctima, identificada como E.S.M., y la asfixió hasta provocarle la muerte.

El segundo caso ocurrió cuatro días después, el 28 de julio, en un domicilio de la colonia Terminal, en Monterrey. En ese lugar fue asesinada otra mujer trans, identificada con las iniciales J.S.

De acuerdo con la Fiscalía, durante el proceso se acreditaron elementos relacionados con violencia de género y con la intención de privar de la vida a ambas víctimas.

La dependencia también señaló que las dos mujeres presentaban lesiones y que sus cuerpos fueron abandonados con indicios de agresión sexual y en condiciones degradantes.

Fiscalía presentó pruebas durante el juicio

Durante el Juicio Oral Penal, el Ministerio Público presentó diversas pruebas para sustentar la acusación contra Julio César “N”, de 35 años.

El material presentado incluyó elementos documentales, materiales, periciales y testimoniales, con los que la Fiscalía buscó acreditar la participación del acusado en los dos asesinatos.

Después de analizar las pruebas, el juez determinó su responsabilidad en ambos feminicidios y estableció una pena conjunta de 96 años y cinco meses de prisión.

El sentenciado deberá permanecer internado en un Centro de Reinserción Social Estatal durante el cumplimiento de la condena.

La resolución también establece la reparación del daño a favor de las víctimas, que incluye la indemnización por muerte y los gastos funerarios, de acuerdo con la legislación aplicable.

¿Por qué la sentencia fue por feminicidio?

Aunque las víctimas eran mujeres trans, el proceso y la condena se llevaron bajo la figura de feminicidio, debido a que esta era la figura penal contemplada en el Código Penal de Nuevo León para sancionar la privación de la vida de una mujer por razones de género.

El artículo 331 Bis 2 establece que incurre en feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Entre las circunstancias consideradas para acreditar esa condición se encuentran la violencia sexual, signos de asfixia o estrangulamiento, lesiones o mutilaciones, además de otros elementos relacionados con violencia de género.

El concepto de transfeminicidio hace referencia al asesinato de una mujer trans por motivos vinculados con su identidad o expresión de género. Sin embargo, cuando ocurrieron los asesinatos, Nuevo León no contemplaba el transfeminicidio como un delito independiente dentro de su Código Penal.

La creación de esta figura comenzó a ser planteada mediante iniciativas presentadas ante el Congreso de Nuevo León en 2025. Una de ellas propuso incorporar un artículo específico para sancionar como transfeminicidio la privación de la vida de una mujer trans por razones relacionadas con su identidad o expresión de género.

Por lo tanto, la condena dictada contra Julio César “N” se sustentó en la figura de feminicidio contemplada en la legislación penal aplicable al momento de los hechos, mientras que el transfeminicidio se encontraba en proceso de ser propuesto como una figura penal específica.

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