El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este jueves la creación de Villa Juárez como el municipio número 12 de Aguascalientes, establecida mediante el Decreto 566 del Congreso estatal. Sin embargo, invalidó las disposiciones que definían la integración de su primer gobierno, al considerar que vulneraban la veda electoral.
La resolución se produjo después de que la ministra ponente, Sara Irene Herrerías Guerra, modificara su proyecto original, en el que proponía anular la creación del nuevo municipio. El decreto, publicado el 7 de septiembre pasado, fue impugnado por Morena mediante una acción de inconstitucionalidad.
El argumento inicial señalaba que la disposición contravenía la prohibición de realizar modificaciones a las leyes electorales durante los 90 días previos al inicio del proceso electoral local 2026-2027, que comenzó el 9 de octubre.
No obstante, la mayoría de los ministros consideró que la creación de un municipio constituye un acto administrativo y no electoral, por lo que los partidos políticos no tienen facultades para impugnarla. Ante estas observaciones, Herrerías Guerra aceptó modificar su propuesta.
“El día de ayer recibí atentas notas de varios compañeros ministros y ministras, en el sentido de considerar que el accionante no cuenta con legitimación para impugnar la creación de un nuevo municipio. En tal sentido, propongo este honorable tribunal pleno modificar el proyecto”, explicó Herrerías Guerra.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció por declarar infundada la acción de inconstitucionalidad, al considerar que la creación de Villa Juárez solo modifica la división territorial de Aguascalientes, sin cambiar las normas electorales ni limitar los derechos de los votantes.
“Mi voto es en el sentido que la presente acción de inconstitucional es improcedente porque se impugnan normas que no constituyen modificaciones legales fundamentales en materia electoral”, sostuvo.
En el mismo sentido, el ministro Giovanni Figueroa señaló que “los decretos por los cuales se crean, modifican o eliminan municipios tienen una naturaleza jurídico, político, administrativa, pero no electoral”.
En contraste, la ministra María Estela Ríos González se manifestó en contra del proyecto modificado y respaldó la propuesta original de invalidar por completo el Decreto 566. Argumentó que la creación de Villa Juárez, la elección de su primer ayuntamiento y la conformación de un gobierno provisional son disposiciones vinculadas entre sí, por lo que todas estarían afectadas por la violación a la veda electoral.
“La única solución congruente con los principios de supremacía constitucional, certeza jurídica y unidad normativa es la invalidez total del decreto 566”, sostuvo.
Invalidan disposiciones sobre el primer gobierno
Aunque la Corte mantuvo la creación de Villa Juárez, declaró inválidos los artículos segundo y tercero transitorios del decreto. Estos establecían la elección del primer ayuntamiento en 2027 y su entrada en funciones el 15 de octubre de ese año, además de la designación de un Concejo Municipal Provisional por parte del Congreso estatal para asumir el gobierno de la demarcación a partir del 1 de enero de 2027.
También fueron anulados, total o parcialmente, otros ocho artículos transitorios relacionados con esas disposiciones, debido a que contravenían la veda electoral.
La SCJN ordenó al Congreso de Aguascalientes legislar nuevamente sobre la forma de gobierno del municipio, con apego a los plazos constitucionales en materia electoral. Por ello, todavía está pendiente definir cuándo se realizará la elección de su primer ayuntamiento.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf aclaró que Villa Juárez no se quedará sin gobierno, pues “puede subsistir sin que exista una afectación territorial ni a los derechos de las personas habitantes con base a una eficacia diferenciada”.
Añadió que, mientras se define su forma de gobierno, el municipio de Asientos, del cual se desprendió el territorio de Villa Juárez, continuará a cargo de la prestación de los servicios y las funciones públicas municipales.



