La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que el consumo recreativo de cannabis en México incluye la preparación de alimentos para uso exclusivamente personal.

A través de sus redes sociales, el máximo tribunal explicó que preparar alimentos con cannabis destinados únicamente al autoconsumo “constituye una actividad culinaria ordinaria”.

La Corte aclaró que esta práctica es distinta a la fabricación industrial o comercial de productos que están sujetos a un régimen sanitario.

Asimismo, la SCJN subrayó que la resolución no autoriza la comercialización, distribución, suministro a terceros ni el expendio al público de estos alimentos.

De acuerdo con el mensaje difundido por el máximo tribunal, el Pleno de la Suprema Corte tomó en consideración las restricciones emitidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) respecto a la preparación de cannabis en productos sujetos a controles sanitarios específicos.

Entre estos productos se encuentran medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, cosméticos y vapeadores.

Cabe recordar que en 2021 la SCJN aprobó una resolución mediante la cual invalidó diversos artículos de la Ley General de Salud que prohibían el uso recreativo de cannabis.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

tikus4d AMANAHTOTO slot gacor hokiemas88 slot gacor hari ini slot deposit pulsa tanpa potongan hokiemas88 slot situs slot gacor