La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy declarar inconstitucional la prohibición a la venta de cigarros electrónicos y vapeadores que estaba restringida en la Ley General para el Control del Trabajo. Con esta decisión de la SCJN se abre la puerta a que, próximamente, se dé marcha atrás al decreto que prohíbe la importación.

Con mayoría de siete votos los ministros del Pleno abrieron el camino para que cualquier empresa pueda acudir al amparo contra la prohibición absoluta de la comercialización de este tipo de productos.

Los ministros resolvieron que la prohibición es una medida inconstitucional y desproporcional que atenta contra la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad.

“Impide totalmente el acceso a cualquier producto que emule los productos del tabaco, pero que no contenga sus derivados, como pueden ser cigarros electrónicos de nicotina y hasta un cigarro de chocolate”, señaló durante la sesión el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

El caso derivó de una contradicción de criterios entre las dos salas de la Corte, por lo que el Pleno declaró que la tesis que debe prevalecer es la que se emitió en un amparo concedido en 2019 a una empresa para poder vender vapeadores en México y que abrió la puerta a que el Congreso de la Unión legisle sobre el tema.

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