Los aspirantes deben ser mexicanos de nacimiento, en pleno goce de sus derechos políticos. Ser mexiquense con residencia efectiva en el Estado de México  no menor a tres años o vecino de este con residencia efectiva en su territorio no menor a cinco años anteriores al día de la designación. Tener 30 años cumplidos al día de la designación.

Una vez concluido el registro, la Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes, validará y calificará los perfiles de los aspirantes de acuerdo con las atribuciones del estatuto de Morena y sólo dará a conocer a las personas aprobadas, aunque se notificará el resultado a cada uno de los aspirantes si lo solicitan de manera fundada.

La Comisión Nacional de Elecciones podrá recibir del Consejo Nacional y/o Consejo Estatal de Morena, de manera conjunta, hasta tres propuestas favorables de mujeres y hasta tres propuestas favorables de hombres u otra expresión de género, con solicitud de registro completa, para ser considerados en el proceso.

“Para una competencia justa, Morena garantizará el derecho de participación de mujeres, hombres y otras identidades de género, de manera que se pueden registrar para participar en las encuestas, habilitando a la Comisión Nacional de Elecciones para tomar las medidas que considere necesarias para el desarrollo del proceso”, expone.

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